Debieron pasar 26 años desde la invasión a Panamá por los militares norteamericanos para que el Estado panameño a través del Ministerio de Relaciones Exteriores motivara el Decreto Ejecutivo 121 del 19 de julio de 2016, creando así la Comisión 20 de Diciembre de 1989 para contribuir al esclarecimiento de la verdad, el pleno conocimiento de la cantidad de víctimas,
como las violaciones al derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. En el artículo 2 de este decreto se le otorga un
periodo de dos años para tales fines.
Su fundamentación legal estuvo sustentada en el artículo 17 de la Carta Magna y el artículo 19 de la Declaración Universal de los derechos humanos que recién el 10 de diciembre se conmemoró su proclamación; donde de hecho un ilustre panameño tuvo relevante importancia en la redacción de 18 de los 30 artículos allí contemplados, siendo el Dr. Ricardo J. Alfaro.
En diciembre de ese 2016, el Estado de Panamá modificó el delito de desaparición forzada, en respuesta a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que venía desde el 2008 con el antecedente de Heliodoro Portugal vs Panamá.
Esta reforma del Código Penal hace énfasis en la responsabilidad que tiene el Estado, especificando que cualquier apoyo de su parte, sea directo o indirecto, es un elemento para configurar el delito de desaparición forzada.
Tal como lo ordenó la Corte IDH, la reforma establece la continuidad y permanencia del delito hasta que no se dé a conocer el destino de la víctima, de acuerdo con lo dispuesto en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada, ratificada por el Estado panameño en 1996.
Esta comisión tiene cinco funciones, siendo la última la de elaborar un informe final que se presentará al Presidente de la República, publicado y puesto en conocimiento de la ciudadanía. Y es este documento el cual tiene en vigilia no solo al grupo de panameños víctimas de estos sucesos nefastos, sino al país entero sediento de la verdad de lo que paso, la memoria de quienes fallecieron y de la justicia para todos.
La pregunta que capta la atención es: ¿Qué pasará después del informe?
Aquí se debe aclarar que, el periodo de dos años se venció y fue necesario una prorroga que se volvió a vencer el 01 de abril de 2019. Luego la falta de financiamiento volvió a retrasar las investigaciones, obvio son costosas. Más reciente en este 2020, se les otorgó un dinero, y para 2021 se le asignará los fondos estatales para culminar la misión encomendada a la comisión.
Mi opinión sobre lo que pasará está relacionado a un solo concepto: justicia. Es lo que le corresponde al Estado en correspondencia a los derechos vulnerados, garantizar entonces el acceso a la justicia de las víctimas y sus familiares es una obligación que no debe tardar en cumplir. Luego de la justicia se abrirá paso al proceso de reconciliación que podría contar con elementos básicos como: la superación y resolución definitiva del conflicto, mediación de ideas de reconciliación entre los sectores involucrados y la adopción de medidas gubernamentales que satisfagan las exigencias de la sociedad civil que así las
demanda desde el día 1.
El fin de esta novela trágica está por llegar y confiamos tanto en la propia comisión como la actuación futura del Estado; es urgente y necesario sanar las heridas.
Autora: María Mariel Fábrega
Estudiante de Licenciatura de Relaciones Internacionales II año
Universidad de Panamá